Calculadora de baja por enfermedad
Cuánto cobrarás durante la incapacidad temporal, día a día, por enfermedad común o accidente de trabajo.
Cuánto se cobra de baja
| Días de baja | Enfermedad común | Accidente de trabajo |
|---|---|---|
| Día 1 | Nada | Salario íntegro (empresa) |
| Días 2 y 3 | Nada | 75 % |
| Días 4 a 15 | 60 % (lo paga la empresa) | 75 % |
| Días 16 a 20 | 60 % (INSS o mutua) | 75 % |
| Desde el día 21 | 75 % | 75 % |
Los porcentajes se aplican a la base reguladora diaria: la base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30 (si cobras por meses y estuviste todo el mes de alta). Aunque a partir del día 16 lo paga la Seguridad Social o la mutua, normalmente lo adelanta la empresa en tu nómina.
Ejemplo: con una base de 1.800 € y 30 días de baja por enfermedad común cobras 1.062,00 € por esos días, en lugar de 1.800,00 €.
Mejoras del convenio
Muchos convenios colectivos complementan la prestación hasta el 100 % del salario, sobre todo desde el primer día o en los accidentes de trabajo. Revisa el tuyo: si tiene mejora, cobrarás más de lo que muestra la calculadora.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobro de baja por enfermedad común?
Nada los tres primeros días, el 60 % de tu base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21, salvo que tu convenio lo mejore.
¿Y por accidente de trabajo?
El día del accidente cobras el salario completo, y desde el día siguiente el 75 % de tu base reguladora, que en este caso incluye la media de las horas extra del año anterior.
¿Quién paga la baja?
En enfermedad común, la empresa paga del día 4 al 15. Desde el día 16 paga el INSS o la mutua, aunque la empresa suele adelantarlo en la nómina. En accidentes de trabajo paga la mutua desde el día siguiente al accidente.
¿Cuánto puede durar una baja?
Hasta 365 días, prorrogables 180 días más si se prevé la curación. Después, el INSS valora si hay una incapacidad permanente.
¿La baja lleva IRPF?
Sí. La prestación por incapacidad temporal tributa como rendimiento del trabajo y la empresa aplica la retención de tu nómina.
Otras calculadoras
- Sueldo neto
- Finiquito
- Indemnización por despido
- Paro
- Hipoteca
- Retención de IRPF
- De neto a bruto
- Coste de empresa
- Cuota de autónomos
- IVA
- Interés compuesto
Fuentes oficiales
Parámetros de 2026 comprobados en el BOE. Actualizado el 2 de noviembre de 2026. Los resultados son orientativos y no sustituyen el asesoramiento de un profesional ni lo que diga tu convenio.